CONTROVERSIAS ADMINISTRATIVAS ENTRE AUTORIDADES. EL
TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO CARECE DE COMPETENCIA PARA
CONOCER DE ELLAS.- El Tribunal de lo Contencioso Administrativo Local tiene por
objeto dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal que se susciten
entre las autoridades de la administración pública estatal y municipal y los
particulares, a la luz de los artículos 116 fracción V de la Constitución General
de la República, 87 de la Constitución Política de la Entidad, 202 y 229 fracciones
I y II del Código de Procedimientos Administrativos del Estado. En otras
palabras, el Organismo Jurisdiccional está facultado para resolver los conflictos
que se presenten entre las autoridades administrativas y los gobernados, en
razón de los actos unilaterales que emitan o ejecuten las primeras, que
pudieran afectar los derechos e intereses legítimos de los segundos. Por lo
tanto, el Tribunal carece de competencia para conocer de las controversias
administrativas que surjan entre dos o más autoridades locales, siempre que
ambas partes, actores y demandadas, se encuentren en la misma situación de
imperio, que les permita ejercer unilateralmente las atribuciones que les
confieren las disposiciones legales aplicables.
Recurso de
Revisión número 448/997.- Resuelto en sesión de la Sala Superior de 26 de junio
1997, por unanimidad de tres votos. Recurso de Revisión número 77/997.-
Resuelto en sesión de la Segunda Sección de la Sala Superior de 11 de
septiembre de 1997, por unanimidad de tres votos. Recurso de Revisión número
722/997.- Resuelto en sesión de la Primera Sección de la Sala Superior de 23 de
septiembre de 1997, por unanimidad de tres votos. La Tesis jurisprudencial, fue
aprobada por el Pleno de la Sala Superior en sesión de 31 de octubre de 1997,
por unanimidad de seis votos, publicada en la Gaceta del Gobierno No. 91
Sección Primera , de fecha 5 de noviembre de 1997.
OPINION O PUNTO DE VISTA
Este controla todo tipo de resoluciones de carácter
administrativo y fiscal donde se puede encontrar mas situaciones entre las
autoridades de la administración pública estatal municipal y también entre
particulares este proceso u órgano jurisdiccional pretende resolver conflictos
entre autoridades de carácter administrativo y entre los gobernados y esta
entra en donde pudiesen afectar los derechos e intereses legítimos de los
segundos
Por lo consiguiente el tribunal no tiene ninguna
competencia para hacer uso de las controversias administrativas que vengan
emanados entre dos o mas autoridades locales ha un cuando las partes actores y
demandadas tengan la misma situación de imperio que no les permitan ejercer
unilateralmente las atribuciones que les emanen las disposiciones legales
aplicables
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